Subsidio de vivienda, solicitar un subsidio continuado
Servicios en línea
Si ya recibe subsidio de vivienda, puede solicitar la continuación del pago bajo determinadas condiciones.
¿Qué necesito saber?
Descripción del servicio
La ayuda para la vivienda tiene por objeto permitirle disponer de una vivienda adecuada y adaptada a las necesidades de su familia. A más tardar un mes después de que finalice el período de concesión, puede solicitar que se le siga abonando la ayuda para la vivienda, tal y como se indicó en su primera solicitud como
- subsidio de alquiler para inquilinos o subarrendatarios de viviendas, o para residentes de un centro (residentes en un centro según lo establecido en la legislación regional correspondiente; esto incluye también a las personas con discapacidad que hayan sido acogidas, no solo de forma temporal, en modalidades de vivienda especiales para recibir ayuda a la integración) o como
- subsidio para gastos de vivienda destinado a propietarios de una vivienda unifamiliar o de un piso en propiedad
Si los gastos de alojamiento los asume otro organismo de prestaciones sociales, no tendrá derecho a la ayuda para la vivienda. Este es el caso si ya percibe
- renta básica o
- prestación básica para personas mayores o
- por incapacidad laboral o
- una ayuda para la subsistencia o
- cualquier otra prestación de transferencia en cuyo cálculo se hayan tenido en cuenta los gastos de alojamiento.
Necesidades
Como solicitante, debe seguir reuniendo los requisitos para recibir la ayuda para la vivienda. Podrá optar a una ayuda para el alquiler si es:
- arrendatarios de una vivienda
- Subarrendatarios de una vivienda
- Residentes de una vivienda de una cooperativa o de una residencia
- Residentes de un centro de acogida (residentes de un centro de acogida en el sentido de la legislación regional correspondiente; esto incluye también a las personas con discapacidad que hayan sido acogidas, no solo de forma temporal, en modalidades de vivienda especiales para recibir ayuda a la integración)
- Titulares de un derecho de uso similar al arrendamiento, en particular los titulares de un derecho de residencia permanente similar al arrendamiento
- Propietarios de un edificio de viviendas (tres o más viviendas), de un edificio comercial o de un local de negocio, si residen en dicho inmueble
- Propietarios de una vivienda unifamiliar o bifamiliar en la que residen, pero que también contiene locales comerciales en una medida tal que ya no puede considerarse una vivienda propia
- Titulares de una explotación agrícola a tiempo completo cuya parte residencial no esté separada de la parte agrícola
- Las mujeres que residen en centros de acogida para mujeres, incluso si el pago se calcula por días
- una persona a la que la autoridad competente en materia de personas sin hogar haya derivado a un centro de acogida o a una vivienda de terceros, incluso si la cuota de uso (que no se calcula, por ejemplo, en función del número de días ni se diferencia según el número de adultos y niños) se abone a la autoridad competente en materia de personas sin hogar
Tienen derecho a una ayuda para el pago de la vivienda en concepto de subsidio de gastos si:
- propietarios de una vivienda unifamiliar o de un piso en propiedad,
- propietarios de una pequeña urbanización,
- propietarios de una explotación agrícola a tiempo parcial,
- propietarios de una explotación agrícola a tiempo completo, siempre que la parte residencial y la parte agrícola estén separadas y se pueda realizar un cálculo de los gastos de vivienda para la parte residencial,
- titulares de un derecho de residencia permanente asimilable a la propiedad,
- Titulares de un derecho de superficie y aquellas personas que tengan derecho a la transferencia de la propiedad del edificio o de la vivienda, o a la cesión o concesión del derecho de superficie.
El titular de la vivienda debe residir en ella y hacer frente a los gastos correspondientes.
Procedimiento
- Lo mejor es que se ponga en contacto con la oficina competente con antelación para preguntar qué documentos necesita presentar.
- Deberá presentar su solicitud de prórroga por escrito, utilizando el formulario previsto para ello o a través del servicio en línea. Puede enviar el formulario por correo postal a la oficina de ayudas a la vivienda que le corresponda o entregarlo en persona.
- La autoridad examinará su solicitud de prórroga y le enviará una notificación.
- En caso de que se renueve la concesión, la ayuda para la vivienda suele concederse por un periodo de doce meses y, si los ingresos se mantienen relativamente constantes, puede prolongarse hasta 24 meses.
Nota
¿Qué más debería saber?
Existen las siguientes indicaciones:
Con el fin de evitar o detectar el cobro indebido de la ayuda para la vivienda, la autoridad competente podrá verificar periódicamente los datos de todos los miembros del hogar mediante una comparación de datos — incluso de forma automatizada — , en particular con el registro del seguro de pensiones. Por ejemplo, se puede comprobar
- si, mientras se percibe la ayuda para la vivienda, se está cobrando el subsidio social (antes, subsidio de desempleo II),
- si existe un empleo sujeto a la obligación de cotizar o un empleo de escasa cuantía
- o a qué importe ascienden los rendimientos del capital para los que se haya otorgado una orden de exención.
Asimismo, es posible realizar una comprobación con la oficina de registro civil en relación con las direcciones de empadronamiento, la situación de la vivienda y la fecha de los cambios de domicilio. Además, existe la posibilidad de consultar las cuentas bancarias en la Oficina Central Federal de Impuestos. Los casos sospechosos de fraude se denuncian, por norma general, ante la Fiscalía. Gracias a estas comprobaciones, la autoridad encargada de las ayudas a la vivienda puede determinar, por ejemplo,
- si se percibe el subsidio de vivienda por duplicado,
- si se perciben al mismo tiempo prestaciones sociales que dan lugar a la exclusión de la ayuda para la vivienda,
-
si los datos facilitados en la solicitud de subsidio de vivienda
- sobre los ingresos por actividad laboral,
- sobre los ingresos procedentes de una o varias pensiones,
- a los ingresos por rendimientos del capital (intereses o dividendos),
- si, en caso de desempleo inicial, se ha suspendido el pago de la prestación por desempleo (por ejemplo, debido al inicio de una nueva actividad laboral) y
- si la vivienda original, para la que se concedió la ayuda para la vivienda, sigue utilizándose efectivamente.
La revisión es admisible hasta el vencimiento de un plazo de diez años a partir de la notificación de la correspondiente concesión de la ayuda para la vivienda.
Base jurídica
- § Artículo 26 del Libro Primero del Código Social alemán (SGB I) (Se abre en una nueva pestaña)
- § Artículo 1 Ley de ayudas a la vivienda (WoGG) (Se abre en una nueva pestaña)
- § Artículo 25 (1) frase 2 Ley de prestaciones de vivienda (WoGG) (Se abre en una nueva pestaña)
- Ordenanza sobre ayudas a la vivienda (WoGV) (Se abre en una nueva pestaña)
- Reglamento administrativo del subsidio de vivienda (WoGVwV) (Se abre en una nueva pestaña)
Apelación
- Recurso
Encontrará más información sobre cómo presentar un recurso en la notificación relativa a su solicitud de subsidio de vivienda.
Deadlines
Por regla general, la ayuda para la vivienda se abona a partir del primer día del mes (una vez finalizado el periodo de concesión anterior), siempre que se haya presentado una solicitud de prórroga ante la oficina de ayudas para la vivienda en el plazo máximo de un mes tras la finalización del periodo de concesión.
Duración del proceso
El tiempo de tramitación depende, entre otras cosas, de que dispongamos de toda la documentación y la información necesarias. Nos esforzamos por tramitar su solicitud lo antes posible. Sin embargo, en muchos casos se producirán retrasos. No obstante, los plazos de tramitación más largos no correrán a su cargo.
Debido al gran número de solicitudes que debemos tramitar, lamentablemente no podemos proporcionar información sobre la recepción o el estado de una solicitud.
¿Qué tengo que llevar o presentar?
Por norma general, deberá presentar los siguientes justificantes de los gastos de vivienda o de la carga económica:
- sobre prestaciones de transferencia (por ejemplo, ayuda para la subsistencia, subsidio social, prestación básica para personas mayores y personas con discapacidad, prestaciones según la Ley de prestaciones para solicitantes de asilo)
- Certificado de ingresos para la solicitud de subsidio de vivienda
- Notificación fiscal como prueba de los gastos profesionales incrementados
- Notificaciones actuales sobre pensiones de cualquier tipo
- sobre prestaciones según el Libro III del Código Social - Fomento del empleo (por ejemplo, subsidio de desempleo I, subsidio por reducción de jornada, subsidio transitorio)
- Justificante de subsidio por enfermedad y otras prestaciones sustitutivas del salario
- Última liquidación tributaria (para autónomos/comerciantes)
Por seguridad, indique todos los ingresos de todos los miembros del hogar en dinero o valor monetario. No tenga en cuenta la fuente de los ingresos ni si estos están sujetos a impuestos o no. De este modo, evitará consultas innecesarias. La oficina de subsidios de vivienda comprobará entonces cuáles de los ingresos son computables. Si es necesario, se deberán adjuntar otros documentos acreditativos:
- Certificado de matriculación (estudiantes)
- Notificación de la BAföG (estudiantes)
- Declaración sobre las aportaciones mensuales de los padres durante los estudios
- Certificado de seguro médico
- Certificado de pensión o seguro de vida
- Anexo a la solicitud de subsidio de vivienda para gastos destinados al cumplimiento de obligaciones legales de manutención
- Tarjeta de discapacidad grave (en su caso, certificado de pagos de subsidio de cuidados)
- Los extranjeros de terceros países deben presentar un certificado de residencia y la duración de la misma.
- Los demás ciudadanos de la UE deben presentar un certificado de derecho de residencia/permiso de residencia de la UE, así como un registro en la oficina de empadronamiento.
Para solicitar la ayuda para el alquiler, también necesitará el siguiente formulario:
- Certificado del arrendador (por lo general, lo proporcionan las autoridades responsables de las ayudas para la vivienda).
Para solicitar la ayuda para gastos, también necesitará los siguientes formularios/documentos acreditativos:
- Formulario para determinar la carga del servicio de la deuda
- Justificante de la carga derivada del servicio de la deuda (certificado de financiación externa, último recibo de pago, en su caso, plan de intereses y amortización)
- Justificante del importe del precio de compra o de los costes de construcción (también en caso de reformas)
- Notificación del impuesto sobre bienes inmuebles/justificante del importe de los cánones enfitéuticos
- En su caso, justificante de los ingresos por el arrendamiento de locales y superficies a terceros
- Cálculo de la superficie habitable según la norma DIN 277 o el Reglamento sobre la superficie habitable (WoFlV, solicitud de licencia de obras)
- En su caso, notificación sobre la ayuda a la construcción para familias con hijos
- Prueba de propiedad, extracto del registro de la propiedad, contrato de compraventa
Formularios, folletos, enlaces
Formulare
- Solicitud de subsidio de vivienda, descargar de la página web del Ministerio de Hacienda (Se abre en una nueva pestaña)
- Certificado de alquiler para presentar en la oficina de prestaciones de vivienda, formularioPDF-Archivo123,82 kB
- Subsidio de vivienda, certificado de ingresos, formularioPDF-Archivo258,29 kB
Merkblätter
Internetverweise
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| Sra. Marita AdebergTramitación de ayudas al alquiler | Zona: Ka–Koo | Mujer Marita Adeberg | |
| Sr. Christopher BergJefe de equipo (Tramitación básica de las ayudas al alquiler y a la propiedad) | Zona: U, Anträge Lastenzuschüsse: I–Q | Mr Christopher Berg | |
| Sr. Martin BugdolTramitación de ayudas al alquiler | Zona: Sd–Sz | Mr Martin Bugdol | |
| Sr. Louis ClauserTramitación de ayudas al alquiler | Zona: Sa–Sc | Mr Louis Clauser | |
| Sra. Celina DörrichTramitación de ayudas al alquiler | Zona: Ma–Mo | Mujer Celina Dörrich | |
| Sra. Dorothea EggersTramitación de ayudas al alquiler y a la propiedad | Zona: Ba–Bem, Anträge Lastenzuschüsse: R–Z | Mujer Dorothea Eggers | |
| Sra. Melanie EmrathTramitación de ayudas al alquiler | Zona: Ben–Bor | Mujer Melanie Emrath | |
| Sra. Cornelia FrickTramitación de ayudas al alquiler y a la propiedad | Zona: Bos–Bz | Mujer Cornelia Frick | |
| Sra. Franziska GagTramitación de ayudas al alquiler | Zona: D, Mp–Mz | Mujer Franziska Gag | |
| Sra. Mara HeerTramitación de ayudas al alquiler | Zona: W | Mujer Mara Heer | |
| Sra. Andrea HoltzschneiderJefe de equipo (Ayudas al alquiler y a la propiedad) | Zona: V, Anträge Lastenzuschüsse:–A-H | Mujer Andrea Holtzschneider | |
| Sra. Melanie KussmaulTramitación de ayudas al alquiler | Zona: J, T | Mujer Melanie Kussmaul | |
| Sra. Sabrina MannTramitación de ayudas al alquiler y a la propiedad | Zona: H | Mujer Sabrina Mann | |
| Sra. Evangelia OglidaltsiTramitación de ayudas al alquiler | Zona: O, P | Mujer Evangelia Oglidaltsi | |
| Sr. David OhlerTramitación de ayudas al alquiler | Zona: F, N | Mr David Ohler | |
| Sr. Henrik SchrauthTramitación de ayudas al alquiler | Zona: Aa–Ak, C | Mr Henrik Schrauth | |
| Sr. Luca SeragoTramitación de ayudas al alquiler | Zona: G, I | Mr Luca Serago | |
| Sra. Tasnim SiyamTramitación de ayudas al alquiler y a la propiedad | Zona: E, R | Mujer Tasnim Siyam | |
| Sra. Anke SzelinskiTramitación de ayudas al alquiler | Zona: Q, X, Y, Z | Mujer Anke Szelinski | |
| Sr. Christoph WolfTramitación de ayudas al alquiler y a la propiedad | Zona: Al–Az | Mr Christoph Wolf | |
| Sra. Yvonne WyciskAyudas al alquiler y a la propiedad | Zona: Kop–K-Ende, L | Mujer Yvonne Wycisk |
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