Permiso de residencia: solicitar la reagrupación familiar con un cónyuge alemán
Servicios en línea
- Permiso de residencia por motivos familiares, solicitud en línea (Se abre en una nueva pestaña)
En este enlace puede solicitar y renovar su permiso de residencia.
Si usted es ciudadano de un tercer país y desea vivir en Alemania con su cónyuge o pareja sentimental alemana, puede obtener un permiso de residencia por reagrupación familiar.
¿Qué necesito saber?
Descripción del servicio
Como cónyuge o pareja de hecho de un ciudadano alemán, puede obtener un permiso de residencia por reagrupación familiar si desean vivir juntos en Alemania.
El permiso de residencia se concede por un período limitado de al menos un año y le da derecho a ejercer una actividad remunerada.
Necesidades
- Tiene la nacionalidad de un país fuera de la UE o del EEE.
- Es cónyuge o pareja de hecho de un ciudadano alemán.
- Tanto usted como su cónyuge o pareja de hecho han cumplido los 18 años.
- Su cónyuge o pareja de hecho alemán tiene su residencia habitual en Alemania (es decir, su centro de vida no se encuentra en Alemania de forma meramente temporal).
- Su matrimonio o unión civil con el ciudadano alemán se ha celebrado válidamente y sigue vigente.
Tenga en cuenta lo siguiente : la validez del matrimonio depende de la forma establecida en el lugar de la celebración y de los requisitos para contraer matrimonio vigentes en dicho lugar. El matrimonio ya no existe si ha sido disuelto, anulado o declarado nulo mediante una resolución inapelable de un órgano competente.
- Usted mantiene una convivencia familiar con su cónyuge o pareja de hecho (por ejemplo, en una vivienda común). Si no existe convivencia en una vivienda común, se puede considerar que existe una convivencia familiar si mantienen un contacto regular que vaya más allá de las meras visitas.
- Puede comunicarse al menos de forma sencilla en alemán (nivel A1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas). Se puede hacer una excepción a este requisito si en su país de origen no se ofrecen cursos de alemán, estos son demasiado caros o no puede asistirlos por otros motivos.
Tenga en cuenta que, en determinadas circunstancias, la Oficina de Extranjería puede obligarle a participar en un curso de integración. En ese caso, se hará constar en su permiso de residencia.
- No existe ningún motivo para su expulsión.
Su estancia no pone en peligro ni perjudica los intereses de la República Federal de Alemania.
Procedimiento
- Averigüe si su oficina de extranjería permite presentar la solicitud en línea o si dispone de un formulario específico para ello.
- Si la solicitud solo puede presentarse en persona, concierte una cita en la Oficina de Extranjería. En caso de que la solicitud se presente en línea, la Oficina de Extranjería se pondrá en contacto con usted tras recibir su solicitud para concertar una cita.
- Durante la cita se comprobarán su identidad y su documentación (por favor, traiga consigo la documentación, a ser posible en original).
- Si se acepta su solicitud, se le tomarán las huellas dactilares para la expedición del permiso de residencia en forma de un nuevo título de residencia electrónico (tarjeta eAT).
- La Oficina de Extranjería encargará la elaboración de la tarjeta eAT a la Imprenta Federal. Una vez esté lista, recibirá una notificación y podrá recoger la tarjeta eAT en la oficina correspondiente. Por norma general, la tarjeta eAT debe recogerse personalmente.
- Si se deniega su solicitud, recibirá una notificación de denegación.
Nota
- Información sobre la reagrupación con familiares alemanes en la página web de la Oficina Federal de Migración y Refugiados (BAMF) (Se abre en una nueva pestaña)
- Folleto de la Oficina Federal de Migración y Refugiados (BAMF) y de la Red Europea de Migración (REM) sobre la reagrupación familiar de los nacionales de terceros países en Alemania (Se abre en una nueva pestaña)
- Información sobre reagrupación familiar en el sitio web del Comisario del Gobierno Federal para Migración, Refugiados e Integración (Se abre en una nueva pestaña)
¿Qué más debería saber?
- En el caso de la reagrupación familiar con ciudadanos alemanes, por regla general no se exige la garantía de medios de subsistencia.
- No se concederá un permiso de residencia si el matrimonio o la unión civil se ha contraído por la fuerza o si se ha contraído únicamente con el fin de reagruparse en Alemania.
- Si en el país de origen se permite la poligamia, solo el cónyuge o la pareja de la primera unión tiene derecho a la reagrupación familiar.
- El procedimiento ante la Oficina de Extranjería se lleva a cabo, por regla general, en alemán.
- Todos los datos facilitados a la Oficina de Extranjería deben ser correctos y completos, según el leal saber y entender, para que la solicitud pueda tramitarse sin grandes retrasos.
- Los datos inexactos o incompletos pueden ralentizar el procedimiento y suponer un perjuicio para los interesados. En casos graves, los datos inexactos o incompletos que no se completen o corrijan a tiempo ante la Oficina de Extranjería pueden dar lugar a la revocación de los derechos de residencia ya concedidos, a una multa, a una pena de prisión de hasta tres años o a la expulsión del territorio federal.
- Debido a la complejidad de la legislación en materia de residencia, esta descripción tiene carácter meramente informativo y no es jurídicamente vinculante.
Base jurídica
Apelación
- Recurso contra la resolución de la Oficina de Extranjería en el plazo de un mes a partir de su notificación
- Recurso ante el tribunal indicado en la resolución sobre el recurso, si no se estima el recurso
Deadlines
Plazo de solicitud: de 6 a 8 semanas
La prórroga debe solicitarse, a más tardar, ocho semanas antes de que caduque su permiso de residencia vigente.
Nota (para más información sobre el plazo):
El permiso de residencia es un título de residencia de duración determinada y se concede por un período mínimo de un año. La prórroga debe solicitarse con la debida antelación antes de que expire su validez ante la Oficina de Extranjería.
Duración del proceso
Entre seis y ocho semanas
Para obtener más información sobre el plazo de tramitación:
El plazo de tramitación puede variar en función de la carga de trabajo de la Oficina de Extranjería.
La imprenta federal tarda entre 4 y 6 semanas en expedir el permiso de residencia electrónico.
Cuerpo competente
La autoridad competente para tramitar la solicitud es la oficina de extranjería correspondiente al lugar de residencia del solicitante.
¿Qué tengo que llevar o presentar?
- Documento de identidad reconocido y válido (por ejemplo, pasaporte o documento sustitutivo del pasaporte)
- Fotografía biométrica reciente en formato de pasaporte (45 x 35 mm)
- Visado, en caso de que fuera necesario para la entrada en el país
- Justificante de la existencia del matrimonio o de la unión civil (por ejemplo, partida de matrimonio)
- Justificante de conocimientos de alemán como mínimo del nivel A1 (por ejemplo, certificado de idioma, títulos escolares, de formación profesional o universitarios alemanes, o certificado de haber superado el curso de integración)
Por regla general, los documentos y datos deben presentarse en alemán. En casos concretos, la Oficina de Extranjería puede exigir menos o más justificantes.
¿Cuánto cuesta y cómo puedo pagar?
Fees
Concesión del permiso de residencia: 100,00 EUR
En determinadas circunstancias, puede aplicarse una reducción o exención de la tasa.
Observación:
Para la expedición del permiso de residencia en forma de título de residencia electrónico (tarjeta eAT), que también puede utilizarse como documento de identidad electrónico, pueden aplicarse tasas adicionales.
El momento y la forma de recaudación y pago de las tasas varían en función de la autoridad competente.
En determinados casos, pueden aplicarse reducciones o exenciones de las tasas (por ejemplo, para personas con derecho de asilo o refugiados reconocidos). A los ciudadanos turcos se les pueden aplicar tasas más bajas.
Formularios, folletos, enlaces
Formularios disponibles: No
Se requiere forma escrita: No
Posibilidad de presentar la solicitud sin formulario: Sí
Es necesario comparecer personalmente: Sí
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